El Plan Parcial de Ordenación (PPO) es el instrumento que establece la ordenación pormenorizada de los ámbitos de nueva urbanización: trazado viario, parcelación, usos, edificabilidades, reservas dotacionales y espacios libres. Es el documento que convierte una delimitación abstracta en una ciudad concreta y ejecutable.
Un Plan Parcial que cumple los estándares no es necesariamente un buen plan. La orientación de las manzanas, el soleamiento, la continuidad con el tejido existente, la ubicación de las zonas verdes o el dimensionado real del viario determinan si el resultado será un barrio agradable o una urbanización que nadie quiere habitar. Como estudio de arquitectura y urbanismo, abordamos el planeamiento con una mirada proyectual: nos importa el espacio urbano que se va a construir, no solo el cumplimiento de los parámetros.
Redactamos y tramitamos el documento en todas sus fases: avance y consultas previas, aprobación inicial, información pública, solicitud y respuesta a los informes sectoriales, coordinación con las compañías suministradoras y aprobación definitiva. La experiencia nos ha enseñado que la mayor parte de los retrasos en la tramitación proceden de informes sectoriales no anticipados, por lo que los identificamos y gestionamos desde el primer momento.
El Plan Parcial se articula con la delimitación previa de la ATU de nueva urbanización y da paso a las fases de gestión —proyecto de reparcelación— y ejecución —proyecto de urbanización—, servicios que también desarrollamos, lo que permite mantener la coherencia del proceso completo con un único interlocutor técnico.